Privilegiar utilización industrial del agua sobre el consumo humano viola derechos

Se ponen en juego salud, alimentación y medio ambiente sano, afirma ONG

Angélica Enciso L.

Periódico La Jornada

Lunes 27 de abril de 2015, p. 41

Es lamentable que en la iniciativa de la Ley General de Aguas –reglamentaria del derecho humano este recurso, plasmado en el artículo cuarto constitucional– se utilice la terminología de derecho internacional para hacer más sencilla la actividad industrial. Ello, a costa de los derechos de los mexicanos al líquido, la salud, la alimentación, el medio ambiente sano y la consulta libre, previa e informada, señaló el Observatorio de Política Social y Derechos Humanos.

En un llamado a los legisladores para que se aseguren de que la Ley General de Aguas constituya un paso para hacer real el contenido del derecho humano al líquido –previsto en tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en la Constitución mexicana–, el observatorio destacó el descontento y las voces de alarma de organizaciones de la sociedad civil por la premura y la falta de consulta para la aprobación del dictamen de dicha norma el pasado 9 de marzo.

En un análisis, el observatorio indica que mientras se limita el consumo humano al agua, queda sin restricciones su uso industrial, como es el caso del fracking, proceso de extracción de gas de lutitas, que requiere de grandes cantidades de líquido. Según la Alianza Mexicana contra el Fracking, la fracturación de un pozo implica el uso de entre 9 millones y 29 millones de litros de agua.

También consideró preocupante la figura de los trasvases de agua, que implicará la construcción de obras de infraestructura de gran calado para dirigir el líquido de un destino a otro, así como embalses para recibirla en su punto de destino, lo que se traducirá en despojos de tierras y desplazamientos de personas.

El observatorio cita un informe del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF, por sus siglas en inglés) denominado Trasvases: del mito a la realidad, trasvases intercuencas y escasez del agua, en el que se mencionan costos sociales, económicos y medioambientales de este proceso.

Entre ellos, que fomentan usos no sostenibles del agua en las cuencas receptoras, se interrumpe la conectividad de los sistemas fluviales, llegan a causarse daños a especies acuáticas amenazadas y a zonas protegidas, además de que se facilita la salinización y el descenso del nivel freático en zonas costeras.

También refiere que los trasvases han fomentado conflictos sociales entre las cuencas, así como con el gobierno; y en algún momento, cuando son insuficientes, se requiere complementar el suministro del líquido con extracción de aguas subterráneas o desalinización.

El observatorio indica que si a estos costos se suma la facilidad con que los concesionarios podrán realizarlos y la serie de beneficios que la reforma energética otorga a la industria para hacer uso de los recursos naturales, el panorama de graves violaciones a los derechos humanos se avizora aún más grave.

http://www.jornada.unam.mx/2015/04/27/sociedad/041n1soc