Megaproyectos y criminalización

La jornada 19 de marzo de 2016

Miguel Concha

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, iniciativa conformada por la Federación Internacional de Derechos Humanos y la Organización Mundial Contra la Tortura, con el objetivo de prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra defensores de derechos humanos, presentó el pasado 25 de febrero el informe “La criminalización de defensores de derechos humanos en contextos de proyectos industriales: un fenómeno regional en América Latina”. El escrito toma de referencia casos concretos de activistas criminalizados en el contexto de la extracción de recursos naturales y megaproyectos en ocho países latinoamericanos: Brasil, Colombia, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Perú. Documenta lo ocurrido a personas y comunidades, muchas de ellas campesinas o indígenas, que defienden sus derechos relacionados con la tierra y el territorio, y evidencian un patrón similar y recurrente en el uso indebido del derecho penal como forma de hostigamiento e intimidación contra las y los defensores.

El rol de las empresas en la criminalización de éstos es preocupante en toda la región. Con frecuencia son los actores privados quienes emprenden procesos penales en contra de líderes y dirigentes comunitarios para desestructurar los movimientos en defensa de las tierras y salvaguarda de los bienes comunes, y quienes hacen uso de mecanismos de seguridad privada que promueven amenazas, hostigamiento y ataques físicos en su contra. La criminalización comienza generalmente por el etiquetamiento y la estigmatización de las personas que, de forma individual o colectiva, manifiestan pacíficamente su descontento por los impactos de dichos proyectos en sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Y la consideración de que las y los defensores se oponen al desarrollo o son “enemigos del Estado”, motivan campañas de desprestigio que los coloca en especial riesgo, los hace blanco de la fabricación e imputación de delitos como “ataques a la paz pública”, “robo”, “oposición a obras públicas o a extracción de recursos naturales”, entre otros. Todo ello con el propósito de silenciar sus denuncias y reivindicaciones.

El de Juan Carlos Flores Solís es un ejemplo emblemático de este preocupante fenómeno de criminalización. Portavoz del Frente de Pueblos en Defensa del Agua y la Tierra de Morelos, Puebla y Tlaxcala, se ha opuesto a la construcción del gasoducto Morelos desde 2006, parte del megaproyecto de energía “Morelos”, liderado por empresas españolas e italianas. Dicho proyecto ha sido fuertemente criticado por no haber consultado previamente a las comunidades afectadas, y por suponer violaciones a sus derechos a la vida, salud y agua. Sin embargo, como resultado de la labor de documentación y defensa de las comunidades aledañas al volcán Popocatépetl afectadas por el megaproyecto, Juan Carlos fue detenido y privado de la libertad en un centro de reclusión por los delitos de “oposición a obras públicas” y “ataques a obras hidráulicas”. Su caso evidencia la falta de una política de protección efectiva de los defensores amenazados, así como la falta de independencia e imparcialidad de las instancias judiciales. En efecto, éstas contribuyen a su criminalización, pues en ocasiones privilegian los intereses de poderes políticos y económicos por encima de los de las comunidades.

Hay que destacar el incumplimiento de los estados en su obligación de respetar y proteger los derechos humanos de las personas y comunidades afectadas por proyectos de inversión a gran escala, pues no sólo tienen la obligación de proteger a la población ante situaciones que puedan ponerla en riesgo, sino también la de consultar a las personas que podrían resultar dañadas, e incluso obtener su consentimiento libre, previo e informado. De acuerdo a los Principios Rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos, y pese a que los estados no son en sí mismos responsables de las violaciones de derechos humanos cometidas por agentes privados, incumplen sus obligaciones internacionales cuando no adoptan medidas adecuadas para prevenir, investigar, castigar y reparar los abusos cometidos por ellos. Bajo el marco “proteger, respetar y remediar”, tales principios se han convertido en la herramienta autorizada por los estados para enfrentar los abusos y violaciones a derechos humanos en las que las empresas están involucradas. De igual forma, los Principios reconocen la labor de las y los defensores de derechos humanos en la mitigación de los efectos adversos de las operaciones de las empresas. Por ello los estados deben emprender acciones por medio del desarrollo de leyes y políticas públicas adecuadas.

El panorama, no obstante, se vislumbra desalentador. Berta Isabel Cáceres Flores, cofundadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, quien luchó por los derechos del pueblo indígena lenca en la recuperación de sus tierras, frente a la construcción de la represa hidroeléctrica Agua Zarca, de la empresa Fichosa, fue asesinada el 3 de marzo en su natal Honduras. El informe del Observatorio ya documentaba esa constante criminalización, así como los hostigamientos y represalias que padeció en el ejercicio de su labor de defensa, la cual, de manera trágica, culminó efectivamente con su silenciamiento. Al momento de escribir estas líneas, el militante ambientalista mexicano Gustavo Castro Soto, testigo directo y víctima de ese asesinato, todavía se encontraba irregularmente retenido en aquel país, con el consiguiente riesgo para su vida y su libertad.

http://www.jornada.unam.mx/2016/03/19/opinion/017a1pol