Alista PVEM albazo en San Lázaro para aprobar ley de biodiversidad

Diputado Álvarez Angli emite dictamen y excluye a Asuntos Indígenas y Cambio Climático

ONG alertan que la norma busca privatizar los recursos genéticos y el saber tradicional

Roberto Garduño y Enrique Méndez

Periódico La Jornada

Miércoles 28 de febrero de 2018, p. 35

El presidente de la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, Arturo Álvarez Angli (PVEM), pretende dar un albazo y aprobar, sin la participación de las comisiones de Asuntos Indígenas y de Cambio Climático, la minuta del Senado con una ley general de biodiversidad e incluir la figura de dominio de los recursos genéticos, confinar poblaciones silvestres para su explotación, explotar la herencia genética e incluso permitir a firmas trasnacionales apoderarse del conocimiento tradicional indígena.

Aunque la minuta fue turnada a las tres comisiones, Álvarez Angli redactó un dictamen sin consultar a Asuntos Indígenas y a Cambio Climático, y añadió modificaciones, que hacen más agresiva la redacción del documento, al legalizar prácticas como la bioprospección o búsqueda de especímenes naturales, genes y sus productos derivados, para su uso comercial.

Si bien organizaciones civiles han alertado que la ley busca privatizar los recursos genéticos y el conocimiento tradicional de pueblos y comunidades, el titular de la comisión de Medio Ambiente difundió ya el proyecto de dictamen, con sus adiciones.

Entre éstas introdujo la definición de “acceso: es la obtención y utilización de los recursos genéticos conservados en condiciones ex situ e in situ, de sus derivados, o en su caso, de los conocimientos tradicionales asociados a ellos”.

Plantea que la cámara apruebe que, en materia de recursos genéticos, el aprovechamiento se refiere a su utilización y a la de sus derivados en la realización de actividades de investigación y desarrollo sobre la composición genética y/o composición bioquímica de los recursos genéticos mediante la bio­tecnología.

Otro cambio a la minuta es para definir las condiciones mutuamente acordadas, esto es los términos establecidos entre proveedores y usuarios para conceder el acceso a los recursos genéticos, sus derivados o el conocimiento tradicional asociado a ellos.

Esto incluye la participación de los beneficios, temporalidad, modalidades y condiciones, que se expresen en el acuerdo de acceso, para el caso de actividades con fines comerciales.

Amplió la definición de conocimiento tradicional asociado a los recursos genéticos, que ya se considera en la minuta.

Así, el PVEM pretende que se exploten los conocimientos dinámicos y en constante evolución que se crean en un contexto tradicional, se preservan colectivamente y transmiten de generación en generación, que incluyen, entre otros, los conocimientos especializados, capacidades, innovación, prácticas y enseñanzas que perviven en relación con la utilización de recursos genéticos.

En el proyecto se agregó la figura de predios o instalaciones que manejen vida silvestre confinada, con el propósito de reproducción de especies para su aprovechamiento con fines comerciales.

Asimismo, la definición de proveedor: personas físicas, morales o sociales que ejercen actos de dominio proveyendo los recursos genéticos, sus derivados o el conocimiento tradicional asociado a éstos.

El documento de Álvarez Angli añadió la definición de recursos genéticos, que incluye todo material genético, con valor real o potencial, de origen vegetal, animal, microbiano o de cualquier tipo y que contenga unidades funcionales de la herenciaen el país.

Además, pretende regular la caza deportiva de especies silvestres, y si bien busca prohibir la importación de marfil, sí permite su exportación, e incluso se negó a prohibir la explotación de tortugas, con el argumento de que hasta ahora las medidas de protección no han tenido impacto en su consumo.

http://www.jornada.unam.mx/2018/02/28/sociedad/035n1soc